Portal de transparencia
Bienvenido/a al Portal de transparencia de Cementiris de Barcelona, S.A.U.
Nuestro objetivo
Poner en disposición de toda la ciudadanía y de nuestros grupos de interés, la información más relevante relativa a la organización, actividades y servicios, ofreciendo una información actualizada, clara, accesible y comprensible, con datos de calidad y susceptibles de ser reutilizables.
La Ley de transparencia
Su implementación da cumplimiento a los principios y obligaciones que prevé la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública.
Categorías
Título
Código ético
Preámbulo
El propósito del Grup BSM es mejorar la calidad de vida de las personas y generar experiencias positivas para construir una Barcelona saludable y líder. Además, tenemos la visión de ser referentes en gestión pública de servicios de valor añadido, de la que todos los grupos de interés nos enorgullecemos. Para ello, nos fundamentamos en unos valores y unos principios de actuación que forman nuestra identidad corporativa y que impregnan y definen nuestra filosofía de actuación y decisión. Estos valores y principios se desarrollan en nuestro Código Ético, que es mucho más que un reflejo de nuestra forma de ser y de actuar: es la piedra angular de nuestra cultura corporativa. Se convierte en la clave de vuelta de nuestro Sistema de Integridad y Cumplimiento y la guía de referencia sobre la conducta esperada del colectivo de personas profesionales que formamos parte del Grupo BSM, en el ejercicio de nuestras funciones y en las relaciones con los grupos de interés. Con este documento, elaborado de forma multidisciplinar y con voluntad inspiradora, orientadora y simplificadora, renovamos y reafirmamos nuestro modelo de gobernanza, adaptándolo a los nuevos requerimientos ya una estrategia corporativa enmarcada por criterios/parámetros ESG (Environmental, Social and Governance / Ambientals , Sociales y de Buena Gobernanza)
Objeto
Las principales finalidades de este documento son las siguientes:
• Fortalecer y consolidar el compromiso del Grupo BSM con una cultura corporativa ética y fundamentada en nuestros valores.
• Convertirse en una declaración formal y expresa de estos valores, principios de actuación y comportamientos deseados del Grupo BSM.
• Convertirse en una declaración formal del compromiso del Grupo BSM de respeto y protección de los derechos humanos, y de respuesta ante su eventual vulneración.
• Proporcionar a los trabajadores y trabajadoras una hoja de ruta para la resolución de los dilemas y conflictos éticos que puedan surgir.
• Establecer de forma concisa y comprensible las pautas que deben guiar la actuación y los comportamientos de los trabajadores y trabajadoras del Grupo en el desarrollo de nuestra actividad profesional, y la de terceros que se relacionen con nosotros.
Ámbito de aplicación
Respecto al ámbito objetivo, este Código Ético es de aplicación a las empresas del Grupo BSM: Barcelona de Servicios Municipales, SA, Parque de Atracciones Tibidabo, SA y Cementerios de Barcelona, SA.
La finalidad es que todos los trabajadores y trabajadoras del Grupo tengamos a mano el Código Ético, lo conozcamos, respeten y ajustamos nuestras actuaciones a los valores, principios y pautas de comportamiento que se establecen. Por este motivo, impulsaremos acciones de comunicación y difusión para dar a conocer el Código Ético a todos los trabajadores y trabajadoras. Además, también se promoverá su conocimiento y difusión al resto de los grupos de interés con los que nos relacionamos.
Por otra parte, la aplicación territorial del Código Ético se extiende a cualquier ámbito geográfico en el que la organización desarrolle sus actividades.
Nuestros valores
La estructura del Código Ético parte de nuestros valores y a partir de ahí se van desplegando los principios de actuación y los comportamientos deseados. Nuestros valores son nuestra identidad, la brújula que orienta nuestras acciones. Los principios de actuación son las reglas generales que deben guiar nuestra conducta para la consecución de los valores.
Excelencia Trabajamos con conocimiento experto, escuchando activamente y desarrollando los talentos para ofrecer el mejor acompañamiento a la ciudadanía y familias con pleno respeto a la diversidad cultural y religiosa. | |
Integridad Damos cuentas desde la coherencia, la responsabilidad y la transparencia. | |
Compromiso Nos implicamos desde la proximidad con la ciudadanía/familias, compañeros y compañeras y el entorno. | |
Proactividad En dialogo permanente con ciudadanas y ciudadanos y familias, nos anticipamos e innovamos para mejorar cada día en todo lo que hacemos. | |
Cooperación Basamos nuestras relaciones en la confianza, la colaboración y el respeto en las siempre difíciles circunstancias de despedir a una persona querida. |
Los comportamientos deseados
De nuestros valores y principios éticos se derivan una serie de comportamientos deseados.
Véase el anexo I: Guía de comportamientos deseados.
Aceptación y cumplimiento del Código Ético
Con la aprobación de esta nueva versión del Código Ético, insistimos y renovamos el compromiso de todas las personas que formamos parte de las empresas del Grupo BSM, y también las que colaboran, para que sigamos ejerciendo nuestras funciones y actividades en coherencia y debida atención a los valores y principios enunciados en nuestro Código Ético.
Queremos integrar conscientemente los valores y principios éticos del Código Ético en nuestro día a día para desarrollar nuestras actividades y funciones, porque tenemos la convicción de que esta forma de hacer impacta de forma directa y positiva en la consecución de nuestro propósito.
Seguimiento, evaluación y revisión del Código Ético. Comisión y Canal del Código Ético.
Para nosotros es prioritario que el Código Ético sea un documento vivo y, por eso, le hacemos un seguimiento y evaluación continua. Con ese objetivo, se creó la Comisión del Código Ético, órgano interno permanente, de carácter participativo y positivo, que dispone de su propio reglamento de funcionamiento, debidamente publicado.
Nuestro Código Ético ha sido elaborado en consonancia con los principios, las normas de conducta y el sistema de garantía y evaluación que desarrolla el Código Ético y de Conducta del Ayuntamiento de Barcelona, que es de aplicación supletoria.
Asimismo, el Grupo BSM dispone de un Canal Ético que se gestiona desde la Unidad de Compliance y Transparencia – alineado con el Buzón Ético municipal, a disposición de los usuarios en la web municipal – que garantiza la confidencialidad y permite el anonimato de las comunicaciones que se efectúen. Se trata de un espacio de comunicación seguro para mantener contacto con el órgano gestor y saber el estado de la tramitación, garantizando la indemnidad de los informantes de buena fe y respeto al principio de contradicción de las personas que resulten investigadas.
Se puede acceder a través del siguiente enlace.
Vigencia
Esta nueva versión del Código Ético ha sido aprobada por el Comité de Dirección de BSM con fecha 20 de diciembre de 2021 y entrará en vigor con su publicación y puesta a disposición de todos los trabajadores y trabajadoras de las empresas del Grupo.
Su vigencia tendrá carácter indefinido, y se realizarán revisiones y actualizaciones periódicamente, que serán aprobadas por el Comité de Dirección.
Título
Normativa
A continuación se indican las normas más destacadas a las que Cementiris de Barcelona, S.A.U., debe someter su actuación. Aparte de las que a continuación se mencionan por ser las principales, hay otras que son aplicables, según la ocasión y el ámbito de actuación. Sobre la aplicabilidad concreta de alguna de estas u otras normas, puede realizar la correspondiente consulta a través del Portal de Transparencia.
Título
Procedimientos, instrucciones y criterios interpretativos.
A continuación de indican los procedimientos, instrucciones y criterios interpretativos.
Título
Canal ético
El Canal Ético es el canal de comunicación del que dispone el Grupo para ayudar a garantizar una gestión acorde con los valores y principios éticos de actuación y buen gobierno. La Unidad Compliance y Transparencia, se encarga de gestionarlo a través de esta plataforma.
El Canal Ético permite realizar consultas y sugerencias relacionadas con el Código Ético así como comunicar cualquier hecho, situación o conducta con indicios sólidos y suficientes de ser contrarios al derecho o al Código Ético y, por tanto, a la normativa ya los valores corporativos, principios éticos de actuación y comportamientos deseados.
Este canal de comunicación garantiza la confidencialidad y permite el anonimato de las comunicaciones que se efectúen.
Podéis consultar el Canal Ético de Cementiris de Barcelona en el siguiente enlace: https://cbsa.canaletico.cat/#/login.
Título
Líneas estratégicas
El plan estratégico de Cementiris de Barcelona 2020-2027, está englobado en 7 grandes líneas estratégicas:
Línea 1 Ofrecer servicios de calidad, personalizados, con transparencia y ajustados a las cambiantes necesidades de la comunidad. | |
Línea 2 Garantizar la sostenibilidad económica y la autonomía financiera. | |
Línea 3 Conservar, mejorar y adaptar la infraestructura de los 9 cementerios y de las instalaciones de cremación. | |
Línea 4 Gestión sostenible y responsable en las perspectivas sociales y medioambientales. | |
Línea 5 Adecuar la organización a los nuevos retos y requerimientos y velar por las necesidades de las personas que conforman el equipo humano. | |
Línea 6 Impulsar la transición hacia la digitalización y el aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información. | |
Línea 7 Potenciar los cementerios como espacios de recuerdo y memoria con alto valor histórico, natural, cultural y patrimonial. |
Título
Estructura organizativa
Consejo de administración de Cementiris de Barcelona, SAU.
Presidente
Vicepresidenta
Consejeros/as
Secretario
Apoderados
Título
Estatutos
Se pueden consultar aquí
Título
Planes y Programas
Se puede consultar aquí
Título
Registro actividades de tratamiento
Cementiris de Barcelona, SAU aplica a los tratamientos de datos de carácter personal las medidas de seguridad requeridas por la normativa y tiene inventariado en un solo documento, llamado REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO los tratamientos de datos personales que lleva a cabo.
Actualmente el registro de actividades de tratamiento recoge 7 tratamientos. Los tratamientos que se detallan tienen una estructura de información que responde a los requerimientos del artículo 30 del Reglamento general de protección de datos (RGPD). Esta estructura es la siguiente:
- Nombre del tratamiento
- Código del tratamiento
- Finalidad del tratamiento
- Responsable del tratamiento
- Cesiones de datos
- Personas afectadas por el tratamiento
- Norma o base legal habilitante
- Transferencia internacional de datos
- Tipología de datos personales
- Plazo de conservación de los datos
- Seguridad
- Desea ejercer algún derecho sobre estos tratamientos?
La ciudadanía puede ejercer un control efectivo sobre sus datos, tal como establece la normativa vigente: protecciodades_cbsa@bsmsa.cat
En concreto, estos son los derechos de acceso, rectificación, cancelación o supresión (derecho al olvido), limitación y oposición. Dada la cantidad de datos que gestiona CBSA es necesario especificar sobre qué tratamientos se quiere ejercer el derecho. Si no se concreta el ejercicio o se hace de manera incorrecta, se entenderá que el afectado/a ha renunciado a ejercer su derecho. Se entenderán como desistidos los ejercicios no concretados en tiempo y forma. Se pueden rechazar de forma argumentada las peticiones de acceso excesivas o desproporcionadas, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.
Para especificar qué tratamiento está haciendo referencia en su solicitud, puede consultar el registro de actividades de tratamiento, disponible tanto en formato PDF como en formato Excel, y buscar el tratamiento que procede en su caso. En caso de dudas, puede contactar con la Oficina del Delegado/a, que le ayudará a identificar el tratamiento más adecuado: dpo@bsmsa.cat
Desde este link podéis acceder al Registro de actividades de tratamiento de datos personales.
Título
Guía de cultura
Se puede consultar aquí
Categorías
Título
Relación y descripción de los puestos de trabajo
El principal activo de CBSA son las personas, con la dirección por valores y desarrollando el talento interno propiciando la polivalencia y la carrera profesional. La estructura funcional y organizativa, con el objeto de permitir la polivalencia del personal y la movilidad transversal entre los diferentes puestos de trabajo, se estructura en grupos y categorías profesionales, que recogen las principales funciones y responsabilidades a desarrollar en el puesto de trabajo. A continuación se detallan los diferentes Puestos de Trabajo con sus correspondientes descripciones:
Categoría | Grupo Profesional | Descripción |
---|---|---|
Responsable | 5 | Con dependencia directa de su Dirección, poseyendo la formación y/o titulación académica y/o la experiencia requerida y suficientes conocimientos especializados, con visión estratégica y dirigida a resultados, deberá liderar, coordinar, dirigir y supervisar la gestión de equipos y de los procedimientos de trabajo, en la consecución de la misión y de los objetivos de una manera transversal. Desarrollar sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad. |
Técnico/a | 5 | Con dependencia directa de su Dirección funcional, poseyendo la formación y/o titulación académica de su especialización y/o la experiencia y altos conocimientos técnicos que requiere de conocimientos específicos y especializados, tiene visión estratégica dirigida a resultados. Desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad, en base a las necesidades operativas. Puede asignar, coordinar, dirigir y supervisar la gestión de equipos en la consecución de la misión y de los objetivos de una manera transversal. |
Técnico/a 1 | 6 | Con dependencia directa de su Dirección funcional, poseyendo la formación y/o titulación académica de su especialización y /o la experiencia y altos conocimientos técnicos, que requiere de conocimientos específicos y especializados, tiene visión estratégica dirigida a resultados. Desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad, en la consecución de la misión y de los objetivos de una manera transversal. Cuando las necesidades organizativas de la Dirección lo requieran, sustituirá temporalmente las funciones del Técnico . |
Técnico/a 2 | 7 | Con dependencia directa de su Dirección funcional, poseyendo la formación y/o titulación académica de su especialización, y /o la experiencia y altos conocimientos técnicos que requiere de conocimientos específicos y especializados. Tiene visión estratégica dirigida a resultados. Desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad en la consecución de la misión y de los objetivos de una manera transversal. |
Supervisor Atención a la Ciudadanía | 5 | Con dependencia directa de su Dirección funcional y poseyendo la formación y/o titulación académica y/o la experiencia requeridas y suficientes conocimientos especializados, desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad. Tiene vocación estratégica dirigida al servicio y atención a la ciudadanía y asumirá las responsabilidades en la gestión y coordinación de equipos. Reportará a su superior el seguimiento de los servicios y de los proyectos en base a los indicadores requeridos y necesarios en cada momento. |
Atención a la Cuidadanía | 6 | Con dependencia directa de su Dirección funcional y poseyendo la formación y/o titulación académica y/o la experiencia requeridas y suficientes conocimientos especializados, desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad y deberá tener una vocación estratégica dirigida al servicio y la atención a la ciudadanía. Cuando las necesidades organizativas de la Dirección, lo requieran sustituirá temporalmente las funciones de Atención a la Ciudadanía Supervisor y asumirá las responsabilidades en la gestión y coordinación de equipos, con el cobro de la correspondiente suplencia. Reportará a su superior el seguimiento de los servicios, y de los proyectos en base a los indicadores requeridos y necesarios en cada momento. |
Atención a la Cuidadanía 1 | 7 | Con dependencia directa de su Dirección funcional y poseyendo la formación y/o titulación académica y/o la experiencia requeridas y suficientes conocimientos especializados, desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad dirigida al servicio y atención a la ciudadanía. Reportará a su superior el seguimiento de los servicios y de los proyectos en base a los indicadores requeridos y necesarios en cada momento. |
Atención a la Ciudadanía 2 | 8 | Con dependencia directa de su Dirección funcional y poseyendo la formación y/o titulación académica y/o la experiencia requeridas, desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad dirigida al servicio y atención a la ciudadanía. |
Administrativo/va | 6 | Con dependencia directa de su Dirección funcional, poseyendo la formación y/o titulación académica y /o la experiencia requeridas y suficientes conocimientos específicos y / o técnicos, desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad. Tiene vocación estratégica dirigida al servicio interno y en la gestión de procesos para gestionar, tramitar y controlar los procesos administrativos en general. Cuando las necesidades organizativas de la Dirección lo requieran sustituirá temporalmente las funciones del Responsable administrativo y asumirá las responsabilidades en la gestión y coordinación de equipos, con el cobro de la suplencia correspondiente. Reportará a su superior el seguimiento de los proyectos en base a los indicadores requeridos y necesarios en cada momento y estará especializado en todas las tareas que se desarrollan en su Dirección. |
Administrativo/va 1 | 7 | Con dependencia directa de su Dirección funcional, poseyendo la formación y/o titulación académica y /o la experiencia requeridas y suficientes conocimientos específicos y / o técnicos, desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad, para gestionar, tramitar y controlar los procesos administrativos en general. Reportará a su superior el seguimiento de los proyectos en base a los indicadores requeridos y necesarios en cada momento y estará especializado en todas las tareas que se desarrollan en su Dirección. |
Administrativo/va 2 | 8 | Con dependencia directa de su Dirección funcional, poseyendo la formación y/o titulación académica y /o la experiencia requeridas y suficientes conocimientos específicos, deberá tener una vocación dirigida al servicio interno y en la gestión de procesos, para gestionar, tramitar y controlar los procesos administrativos en general. |
Operario/a | 6 | Con dependencia directa de su Dirección funcional, poseyendo la formación y /o la experiencia requeridas y suficientes conocimientos específicos y / o técnicos y total conocimiento de los nueve cementerios de la ciudad, desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad. Reportará a su superior el seguimiento de los servicios y contrataciones hechas en base a los indicadores requeridos y necesarios en cada momento. |
Operario/a 1 | 7 | Con dependencia directa de su Dirección funcional, poseyendo la formación y /o la experiencia requeridas y suficientes conocimientos específicos y total conocimiento de los nueve cementerios de la ciudad, desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y responsabilidad. Deberá tener una vocación dirigida al servicio y atención a la ciudadanía en el servicio de cementerios. Reportará a su responsable el seguimiento de los servicios y contrataciones hechas en base a los indicadores requeridos y necesarios en cada momento. |
Operario/a 2 | 8 | Con dependencia directa de su Dirección funcional, poseyendo la formación y /o la experiencia requeridas y suficientes conocimientos específicos y / o técnicos, desarrollará sus funciones con autonomía, iniciativa y deberá tener una vocación dirigida al servicio y atención a la ciudadanía en el servicio de cementerios. |
Título
Estructura retributiva
Clasificación profesional y esquema retributivo
Según el Convenio Colectivo vigente de Cementiris de Barcelona, SAU, la clasificación profesional se estructura en grupos del 0 al 8. De estos niveles, los comprendidos del 0 al 4 (ambos incluidos) corresponden al personal excluido del convenio lectivo, y del 5 al 8 (ambos incluidos) corresponden al personal sujeto a las condiciones laborales establecidas en el convenio colectivo.
La adscripción a los diferentes niveles organizativos y grupos profesionales se lleva a cabo de acuerdo con un sistema de valoración de puestos de trabajo que sigue la metodología base HAY Group y, periódicamente, se realiza un estudio de seguimiento que vela por la equidad interna y externa del sistema de valoración y del esquema retributivo vinculado a este baremo, tanto para el personal excluido de convenio como para el personal vinculado al mismo.
Es especialmente importante conseguir coherencia y equidad interna entre los dos esquemas retributivos, dado que la progresividad del modelo retributivo, según los niveles de clasificación, puede romperse en el espacio de frontera entre los niveles más altos del convenio colectivo y los más bajos del esquema retributivo de los excluidos del convenio.
Personal excluido de Convenio Colectivo (grupos del 0 a 4)
Pertenece al nivel 0 Dirección General.
Se incluyen en el nivel 1 los directores y directoras de las distintas direcciones de CB,SAU.
A nivel 2, 3 y 4 pertenecen las personas con categorías profesionales de responsables y encargado que, en dependencia de un directivo de nivel 0 o 1, tienen un perfil marcadamente especializado y con un ámbito de responsabilidad en gestión de equipos, estrechamente vinculado en los dos niveles superiores.
El sistema retributivo del personal excluido se compone de los siguientes conceptos:
Salario compactado: cantidades dinerarias brutas percibidas por el ocupante de un puesto en el plazo de un año natural, sin integrar el complemento por el puesto de trabajo que desempeña ni el variable vinculado a objetivos. Tiene correspondencia con el nivel y grupo profesional que ocupa.
Complemento de puesto de trabajo: concepto vinculado al desarrollo de unas responsabilidades determinadas en el puesto de trabajo o comunes a un grupo profesional.
Retribución variable: suma de las cantidades dinerarias brutas devengadas en el ejercicio anterior, pagaderas en el año en curso y que responden a la consecución de determinados objetivos (de empresa o individuales) durante el año natural. La retribución variable máxima anual será un porcentaje del salario compactado más el complemento de puesto de trabajo. Los porcentajes máximos de retribución variable establecidos son los siguientes dependiendo del grupo profesional de que se trate:
- Grupos 0 y 1 10%-15%
- Grupo 2, 3 y 4 7%
Retribución total: es la suma de los conceptos retributivos anteriores.
Para el personal excluido de convenio, no se devengarán ni percibirán conceptos vinculados a la presencia, permanencia en la empresa o antigüedad ni en el excedente sobre la jornada de trabajo establecida por contrato.
Personal sujeto a Convenio Colectivo (grupos del 5 al 8)
Al nivel 5 pertenecen el personal responsable, técnico y supervisor de atención a la ciudadanía.
A nivel 6 pertenecen el personal técnico 1, atención a la ciudadanía, personal administrativo y operarios, con puestos de trabajo especializados.
A los niveles 7 y 8 pertenece el personal técnico, operativo y administrativo de las distintas direcciones del negocio.
El sistema retributivo está basado en distintos conceptos. A continuación se agrupan por naturaleza del ingreso en tres grandes apartados:
Conceptos fijos: el salario compactado, el complemento de puesto de trabajo, el plus presencia y las pagas extras componen este grupo de conceptos.
Otros conceptos no fijos o pluses: son los que retribuyen prestaciones de carácter puntual, como las horas extras, o que dependen del hecho de que se produzca la condición que les motiva y que condiciona su importe, como el menoscabo de dinero o aspectos relacionados con el cuadrante de trabajo, entre otros.
Retribución variable: al igual que el personal excluido, es la suma de las cantidades dinerarias brutas devengadas en el ejercicio anterior, pagables en el año en curso y que responden a la consecución de determinados objetivos (de empresa o individuales) durante el año natural. La retribución variable es un porcentaje respecto a los conceptos fijos. Los porcentajes suponen un 2% sobre el salario compactado y plus presencia.
Retribución total: es la suma de los conceptos retributivos anteriores.
Título
Formación
La formación se convierte en un tema material para Cementiris de Barcelona, adaptarse a los cambios pasa, sin lugar a dudas, por fomentar de forma activa la capacitación de todas las personas del grupo.
Sólo formando a las personas de nuestras organizaciones, podemos garantizar la mejora de las competencias, la excelencia en el desarrollo de las funciones propias de cada puesto de trabajo, el crecimiento personal y la innovación.
Tras cada formación planificada, se evalúa la consecución así como su eficacia.
Políticas implementadas en el campo de la formación La empresa CBSA tiene implementadas políticas de formación que sirven para recoger las necesidades de cada empresa y diseñar anualmente los planes de formación que se despliegan.
Programas de mejora y ayuda La tipología de los programas de formación para la mejora de las aptitudes de las personas trabajadoras es similar a pesar de mantener sus singularidades. Todas las empresas del grupo disponen de programas de digitalización, competenciales y de salud.
Título
Liberados Sindicales
Horas y costes de las liberaciones sindicales.
Los delegados sindicales tienen reconocidas una serie de horas sindicales al mes que pueden utilizar para ejercer sus labores de representación. Aquí puede encontrarse la información sobre los sindicatos que actualmente disfrutan de estas horas y sobre el coste que ello supone para el Ayuntamiento y sus entidades municipales.
Los datos corresponden a las últimas elecciones sindicales celebradas en el Ayuntamiento y entidades municipales, y se han actualizado por última vez en febrero de 2020.n.
https://ajuntament.barcelona.cat/transparencia/es/horas-y-costes-de-las…
Título
Ayudas Sociales
Se pueden consultar las diferentes Ayudas Sociales en el documento adjunto.
Título
Trabaja con nosotros
En el siguiente enlace podrás consultar todas las novedades correspondientes a nuestras ofertas de trabajo activas y conocer todas las ventajas que ofrece Cementiris de Barcelona, SA
Título
Convenio colectivo
En CBSA fomentamos los espacios de diálogo con las personas representantes sindicales como fuente de escucha activa para conocer los intereses y expectativas de los trabajadores y trabajadoras.
El Convenio Colectivo es fruto de esta interlocución continua y regula los aspectos de las relaciones laborales de forma igualitaria para todas las personas de la compañía. Se gestionan, negocian y se realiza un seguimiento mediante cada uno de los comités de Empresa, elegidos por sufragio universal, libre, secreto y directo del personal cada cuatro años.
El máximo órgano de participación y diálogo entre el personal y las direcciones de la empresa son los comités de empresa. Las personas representantes designadas al efecto, se reúnen periódicamente con los representantes del personal. La interlocución entre ambas partes se continúa y está organizada por comisiones de tareas específicas donde se vela por el cumplimiento de los convenios y en este marco, se evalúan.
El personal es un grupo de interés con mucha relevancia y por eso se fomentan espacios de diálogo constante con las representaciones de las trabajadoras y trabajadores. Los grupos de trabajo, comisiones y comités son los foros para informar, consultar y negociar.
Categorías
Título
Presupuesto
Presupuesto e Histórico presupuestario CBSA
Título
Cuentas anuales
Título
Precios y Tarifas
Categorías
Título
Licitaciones
Documentación relativa a las adjudicaciones de CBSA del ejercicio 2023.
Título
Convenios
Título
Perfil del contratante
Procedimientos
CEMENTIRIS DE BARCELONA, S. A. es una sociedad mercantil titularidad del Ayuntamiento de Barcelona.
Como empresa pública municipal, CEMENTIRIS DE BARCELONA, SA se integra en la definición de "sector público" establecida en el apartado d) del artículo 3.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en lo sucesivo LCSP). ;
En este sentido, CEMENTIRIS DE BARCELONA, SA se sitúa en un estadio intermedio de sujeción a la LCSP atendiendo a su doble condición de (i) ser poder adjudicador (ii) no Administración Pública, de acuerdo con lo que establece el artículo 3.3 de la LCSP.
Por un lado, CEMENTIRIS DE BARCELONA, SA cumple las notas definitorias del poder adjudicador, en tanto que ha sido creada para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, y que uno o más sujetos hayan sido de considerar poder adjudicador de acuerdo con los criterios el artículo 3.3. LCSP financien su actividad, controlen su gestión o nombren además a la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia.
Por otra parte, CEMENTIRIS DE BARCELONA, SA. no puede considerarse Administración Pública en los términos definidos en el artículo 3.3. LCSP.
En consecuencia, en la adjudicación de contratos sujetos a regulación armonizada, CEMENTIRIS DE BARCELONA, SA se someterá a lo establecido en la LCSP y en concreto a las normas establecidas en las Secciones 1ª y 2ª del capítulo I del título I del Libro II, tal y como establece su artículo 317. En la adjudicación de los contratos no sujetos a contratación armonizada, CEMENTIRIS DE BARCELONA, SA de acuerdo con el artículo 318&LCSP, se sujetará, dependiendo del valor estimado del contrato, en el mismo artículo o en la sección 2ª del capítulo I del título I del libro segundo de la LCSP. Asimismo, tanto en contratación armonizada como no armonizada CEMENTIRIS DE BARCELONA, S. A. suscribirá con sus adjudicatarios contratos privados, de acuerdo con lo que establece el artículo 26 LCSP.
El orden jurisdiccional contencioso administrativo será competente para conocer de las cuestiones propias de la preparación y adjudicación de los contratos suscritos por CEMENTIRIS DE BARCELONA, S. A, así como de la impugnación de sus modificaciones, si se basa en el incumplimiento de lo que se establece en los artículos 204 y 205 de la LCSP, cuando se entienda que esta modificación tuvo que ser objeto de una nueva adjudicación. Por otra parte, la jurisdicción civil será la competente para entender de las controversias que se susciten entre las partes en relación a los efectos y extinción de los contratos privados suscritos por la entidad, con excepción de las modificaciones contractuales anteriormente citadas.
Licitaciones publicadas a partir del 1 de julio de 2016
Autoritzaciones
Título
Contratos menores
Contratación menor en el siguiente enlace: https://ajuntament.barcelona.cat/transparencia/es/contratacion-publica-…
Categorías
Título
Solicitud acceso información pública
Responsable: Barcelona de Servicios Municipales, SA (B:SM)
Finalidad: Registrar y tramitar las peticiones de acceso a la información pública realizadas al amparo de la normativa vigente en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos personales, así como otros derechos, según se expone en la información adicional.
Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre la política de protección de datos aplicable a este tratamiento en el siguiente enlace< /a>.
Para interponer una reclamación ante la GAIP, se puede acceder desde aquí
Título
Preguntas frecuentes derecho de acceso
¿Qué es el derecho de acceso?
Es el derecho que tienen las personas al pedir y obtener la información disponible en las administraciones públicas y los entes dependientes a causa de su actividad o que hayan rendido de otras entidades o empresas.
¿Cómo se puede pedir?
Telemáticamente en el Portal de Transparencia. Se debe acreditar la identidad del solicitante mediante firma electrónica.
Presencialmente en cualquier registro de entrada de la administración competente o enviando la solicitud por correo postal certificado.
¿Qué información pública se puede solicitar?
Toda la información elaborada por la Administración o el ente dependiente y de la que dispongan, salvo que sea de aplicación preferente alguna de las limitaciones al derecho de acceso a la información pública previstas legalmente o que pueda oponerse alguna causa legal de inadmisión de la solicitud. (Ver el art. 2b y de 18 a 25 de la Ley 19/2014, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el art. 14, 68 y 69 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública.)
Se excluyen de consulta las notas, borradores, resúmenes y los documentos de trabajo interno, sin relevancia o interés público, así como la información en curso de elaboración y que deba hacerse pública en el plazo de tres meses.
Tampoco se puede pedir, por esta vía, la elaboración de informes o dictámenes, ni formular consultas jurídicas, ni información que requiera de una compleja tarea de elaboración o reelaboración para poder entregarla.
¿Cómo puedo ejercerlo?
Se debe presentar una solicitud del derecho de acceso a la información pública:
Formulario
Word con el formulario (descargable)
¿Quién puede presentar una solicitud de derecho de acceso?
La solicitud puede presentarla cualquier persona de más de 16 años, en interés propio o en representación de una entidad.
¿Cuál es el procedimiento para la resolución?
Cuando se ha presentado la solicitud, la Administración o el ente dependiente debe confirmar la recepción por correo electrónico con la indicación del órgano gestor de la solicitud, del número de expediente asignado y del plazo de que dispone para su tramitación.
Si es necesario que aporte más información, deberá comunicarse con la indicación del plazo de lo que dispone para subsanar la solicitud.
Si el acceso a la información solicitada puede afectar a terceras personas, la Administración o el ente dependiente debe dar un plazo de diez días para que formulen las alegaciones que consideren, y tienen la obligación de comunicar este hecho.
Si deniega el acceso, total o parcialmente, deberá notificarlo indicando los motivos de la decisión e indicar los recursos que puede presentar en su contra. En caso de denegación parcial, en el plazo de 30 días, podrá acceder a aquella información que se haya resuelto que puede facilitarse.
Si autoriza el acceso, total o parcialmente, debe comunicarse y en el plazo de 30 días facilitar la información.
Las notificaciones relacionadas con este trámite deben efectuarse por correo electrónico.
Título
Documentación
Puede adjuntar la documentación que considere oportuna.
En caso de efectuar el trámite en representación de otra persona, deberá presentar una autorización de representación debidamente firmada por la persona representada adjuntando un documento de identificación de ésta donde conste su firma.
En caso de que se solicite información que contenga datos personales especialmente protegidos o relativa a la comisión de infracciones penales o administrativas que no comportan la amonestación pública al infractor, deberá presentar un escrito de la persona afectada en lo que consienta , expresamente, el acceso.
Título
Precio
El acceso a la información pública es gratuito, sin perjuicio de que se apliquen las tasas y precios públicos correspondientes por reproducción de documentos.
Si la persona interesada quiere ejercer el derecho de acceso a la relación de sus datos personales objeto de tratamiento en el Ayuntamiento y en la información sobre los trámites realizados, debe realizarse, necesariamente, mediante el trámite Ejercicio del derecho de protección de datos personales.
Título
Opciones de recurso
- Recurso potestativo de reposición:escrito que se presenta ante el mismo órgano para que se reconsidere y modifique la resolución emitida.
(Ver el art. 38 de la Ley 19/2014, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el art. 71 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública.)
- Reclamación ante la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP): la GAIP es el órgano independiente de tutela del derecho de acceso a la información pública de la ciudadanía de Cataluña.
Dispone de dos procedimientos para tramitar las reclamaciones: el procedimiento ordinario con resolución o el procedimiento de mediación. Éste es el enlace para acceder al formulario de reclamación GAIP: http:// www.gaip.cat/ca/qui-som/que-es-la-gaip/contacte/ (Ver el art. 39 de la Ley 19/2014, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el art. 71 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública.)
- Recurso contencioso administrativo: se puede presentar tanto contra la denegación o la estimación parcial de la solicitud como contra la resolución del recurso de reposición y la resolución de la reclamación en la GAIP, en caso de que sean desfavorables. (Ver el art. 123 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.)
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Sugerencias y opinión sobre el Portal de transparencia
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
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Finalidad: Registrar, gestionar y, en su caso, dar respuesta a las opiniones y sugerencias realizadas en BSM mediante los formularios de la página web.
Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos personales, así como otros derechos, como se expone en la información adicional.
Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre la política de protección de datos aplicable a este tratamiento en el siguiente enlace.
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- La reutilización de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual puede formalizarse mediante el uso de licencias de difusión abierta como las de Creative Commons, que ceden determinados derechos de explotación de las obras. En los contenidos en los que se aplique este tipo de licencias se permite la reutilización en las condiciones que se establezcan.
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Normativa sobre transparencia
Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Artículo 45 de la Ley 19/2014derogado por disposición derogatoria del< a href="https://portaljuridic.gencat.cat/eli/es-ct/dl/2017/02/14/1">Decreto ley 1/2017, de 14 de febrero, por lo que se crea y regula el Registro de grupos de interés de Cataluña.
Decreto 8/2021, de 9 de febrero , sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública.
Decreto 111/2017, de 18 de julio, por lo que se aprueba el Reglamento de la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública
Directiva 2003/98/ CEdel Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de noviembre de 2003 relativa a la reutilización de la información del sector público (modificada por la Directiva 2013/37/UE), versión consolidada.
Directiva (UE) 2016 /2102del Parlamento y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, sobre la accesibilidad a los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público.
Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 relativa a los datos abiertos ya la reutilización de la información del sector público.
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ISC Índice de satisfacción de la ciudadanía
Cementerios de Barcelona realiza mensualmente estudios de satisfacción para conocer el índice de satisfacción de los clientes. Valoramos el servicio global, pero también aspectos concretos como la atención a nuestras instalaciones, además, tenemos en cuenta las expectativas que se tenían en la entrada y la percepción de la calidad una vez finalizado el servicio.
De esta forma se obtiene la siguiente tabla, en la que observamos la calidad percibida y el índice que resulta entre la calidad percibida y la esperada.
Los resultados obtenidos, del pasado mes de enero, son los que se muestran en la siguiente tabla:
Servicios de inhumación / cremación
2023 | |||
---|---|---|---|
Valoración salida | Valoración esperada | ISC | |
Enero | 8,89 | 8,39 | 106% |
Febrero | 8,78 | 8,73 | 100,6% |
Marzo | 8,82 | 8,33 | 105,9% |
Abril | 8,65 | 8,37 | 103,3% |
Mayo | 8,95 | 8,45 | 105,9% |
Junio | 8,72 | 8,62 | 101,2% |
Julio | 8,86 | 8,44 | 105,0% |
Agosto | 8,96 | 8,50 | 105,4% |
Septiembre | 8,96 | 8,35 | 107,3% |
Octubre | 8,66 | 8,69 | 99,7% |
Noviembre | 9,06 | 8,36 | 108,4% |
Diciembre | 9,12 | 8,71 | 104,7% |
Històric
2022 - Servicios de inhumación / cremación
2022 | |||
---|---|---|---|
Valoración salida | Valoración esperada | ISC | |
Enero | 8,9 | 8,48 | 104,95% |
Febrero | 8,89 | 8,57 | 103,73% |
Marzo | 9,27 | 8,83 | 104,90% |
Abril | 9,24 | 8,44 | 109,47% |
Mayo | 9,11 | 8,76 | 103,99% |
Junio | 8,84 | 8,93 | 98,99% |
Julio | 9,3 | 9,36 | 99,35% |
Agosto | 9,09 | 9,42 | 96,49% |
Septiembre | 9,59 | 9,78 | 98,05% |
Octubre | 9,55 | 9,72 | 98,25% |
Noviembre | 8,55 | 7,75 | 110,32% |
Diciembre | 8,5 | 7,9 | 107,59% |
2021- Servicios de inhumación / cremación
2021 | |||
---|---|---|---|
Valoración salida | Valoración esperada | ISC | |
Enero | 8,8 | 7,75 | 113,54% |
Febrero | 8,9 | 7,95 | 111,94% |
Marzo | 8,7 | 7,9 | 110,12% |
Abril | 8,75 | 7,85 | 111,46% |
Mayo | 8,9 | 8,1 | 109,87% |
Junio | 8,65 | 8,15 | 106,13% |
Julio | 7,7 | 8,9 | 115,58% |
Agosto | 7,4 | 8,8 | 119,99% |
Septiembre | 7,7 | 8,7 | 112,99% |
Octubre | 7,5 | 8,9 | 117,33% |
Noviembre | 6,06 | 8,15 | 134,62% |
Diciembre | 7,32 | 8,56 | 116,94% |
2020 - Servicios de inhumación / cremación
2020 | |||
---|---|---|---|
Valoración salida | Valoración esperada | ISC | |
Enero | 8,56 | 7,73 | 110,70% |
Febrero | 8,55 | 7,86 | 108,80% |
Marzo | 8,74 | 8,23 | 106,20% |
Abril | 8,9 | 8,28 | 107,50% |
Mayo | 8,84 | 8,26 | 107,00% |
Junio | 8,82 | 8,5 | 103,80% |
Julio | 9,09 | 7,98 | 113,90% |
Agosto | 8,82 | 8,69 | 101,50% |
Septiembre | 8,82 | 8,34 | 105,80% |
Octubre | 8,71 | 8,73 | 99,80% |
Noviembre | 8,51 | 8,62 | 98,70% |
Diciembre | 8,63 | 8,58 | 100,60% |
ISC: se divide valoración de salida entre valoración esperada y se multiplica por 100